Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

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Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

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A partir del 15 de Enero de 2015 entrará en vigor el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público referente a la obligatoriedad de presentación de factura electrónica.

Tendrán la obligación de presentación de facturación electrónica todos aquellos proveedores que hayan expedido la factura por los servicios prestados o bienes entregados a cualquier Administración Pública, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.

Financial Planning and Review of Year End ReportsNo obstante, las Administraciones Públicas podrán excluir reglamentariamente de esta obligación de facturación electrónica a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000 €.

Aunque el Ministerio de Presidencia ha establecido un formato estándar denominado Facturae 3.2.1 publicado por Resolución de 21 de marzo de 2014, la ley 25/2013 también deja la puerta abierta a las administraciones para poder implementar modificaciones sobre este formato original y para decidir si utilizan el punto de entrada de facturas de la AGE (llamado FACe) o si despliegan el suyo propio.

Existen ya a día de hoy al menos tres excepciones a esta normativa general:

  • En el caso de la Comunidad de La Rioja, la obligación de la entrada en vigor ha tenido lugar el 2 de Abril del presente año, de acuerdo con el Decreto 27/2013, de 13 de septiembre, por el que se regula el Registro de facturas y el servicio de facturación electrónica del Gobierno de La Rioja
  • En el caso concreto de la emisión a la Generalitat Valenciana, y las entidades adheridas a la plataforma Ge-factura, el formato difiere un poco y el plazo de emisión de factura obligatorio es del 1 de Julio del presente año, según indica el DECRETO 87/2010, de 21 de mayo, del Consell, por el que se establecen las condiciones técnicas y normativas para el uso de la Plataforma de Facturación Electrónica de la Generalitat, Ge-factura.
  • En Cataluña, de acuerdo a la Ley 10/2011, de 29 de diciembre, de simplificación y mejora de la regulación normativa, “la factura electrónica es condición de ejecución de los contratos del sector público.”

Para cubrir las necesidades de nuestros clientes Green Software ha desarrollado un enlace de Facturación Electrónica con la empresa Seres, con el que las facturas serán enviadas automáticamente desde los programas de Green Software (Greenstudent, Greengeriatric, Greenhotel, Greencommercial, etc.) a las diferentes Administraciones Publicas con el formato exigido en cada caso y a través del punto de entrada correcto.

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SERES es el adjudicatario del servicio de soporte para el punto único de entrada de facturas de la AGE, denominado FACe, y la primera compañía homologada para enviar facturas a este punto. Adicionalmente es prestador de servicios de la administración pública catalana, a través del servicio e.FACT, y están homologados en el servicio Ge-Factura, en el de La Rioja, y en todos aquellos públicos y privados donde las compañías tienen que enviar facturas electrónicas.

Si eres proveedor de la administración pública y quieres más información sobre este servicio ponte en contacto con nosotros a través del teléfono +34 985 134 202 o mediante el correo electrónico green@greensoft.es.

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